La instalación de toldos para comunidades de vecinos puede generar bastantes controversias y conflictos. Por eso, existe una normativa que regula su uso, cuya intención es asegurar la conservación de la armonía estética en el edificio. Hoy desde Toldos Peral os contamos algunos aspectos de la Ley de Propiedad Horizontal.
Cualquier vecino que quiera instalar toldos para comunidades de propietarios afectando a la fachada del edificio y utilizando elementos estructurales del mismo, deberá seguir la normativa relativa a su instalación. Pero no solo los toldos, según recoge la Ley de Propiedad Horizontal, la colocación de cortinas verticales o pérgolas para comunidades de vecinos (en comunidades de chalets o bajos de edificios por ejemplo), también deberá ser aprobada. Se entiende que cualquiera de las dos opciones afecta a la estética y la estructura del edificio por lo que debe tener el consentimiento de la Junta.
Vamos a ver dos casos frecuentes:
- El propietario desea instalar un toldo sin seguir las pautas fijadas por la comunidad:
Puede ocurrir que un vecino desee instalar un toldo sin seguir las pautas que la comunidad acordó. En este caso, el asunto deberá tratarse en la Junta y conseguir los votos de las 3/5 partes de los asistentes. Si no consigue ese número de votos puede acudir a los tribunales y que sean estos los encargados de resolver el conflicto.
- El propietario instala un toldo sin seguir las pautas fijadas por la comunidad:
Otro conflicto que puede ocurrir es que un vecino, sin informar a la comunidad, instale un toldo vulnerando los estatutos. En este sentido, la comunidad podrá interponer una demanda solicitando la declaración de ilegalidad del toldo instalado. Este tipo de actuaciones, sencillas de resolver si se conoce la normativa, pueden llegar a ser problemáticas a largo plazo, ya que algunos vecinos, por desconocimiento, pueden interpretar que las alteraciones estéticas están consentidas de forma tácita dentro de la comunidad de propietarios.
Para evitar este tipo de problemas recomendamos organizar una Junta de propietarios en la que se trate la instalación de toldos, y entre todos consensuar qué tipo de elemento junto con sus características (color de la lona y otras especificaciones técnicas) se deberá usar para mantener la armonía estética. Cabe recordar que para que tenga validez dicho acuerdo, deberá ser aprobado en la Junta General.
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